Ley de Arrendamiento


¿Cuál es el objetivo de esta ley?

Que el arrendatario de un inmueble sea el responsable del pago del servicio público de energía durante la duración del contrato de arrendamiento y no el propietario. Esto mediante la notificación del contrato de arrendamiento ante EDN Colombia S.A.S. E.S.P.

¿A qué tipo de inmuebles se aplica esta ley?

Únicamente a inmuebles de vivienda urbana destinado a uso residencial.

¿Qué condiciones debe cumplir el inmueble?

Primero, debe existir un contrato en el cual se estipule que el pago del servicio de energía corresponde al arrendatario. 


Segundo, que en el momento de la notificación del contrato a EDN Colombia, la cuenta o el inmueble no presenten:


  • Facturas pendientes de pago.
  • Reclamaciones y/o recursos pendientes de respuesta.
  • Expedientes de inconsistencias encontradas en las instalaciones eléctricas y/o medidor del inmueble.


En estos casos, será necesario que los interesados se presenten en los Centros de Servicio autorizados, con el fin de acordar los términos y condiciones en los que se deberá diligenciar la solicitud de denuncia del contrato de arrendamiento.

¿Cuáles tipos de garantías son válidas?

  • Pólizas de cualquier compañía de seguros legalmente constituida.
  • Depósitos en dinero ante la entidad financiera indicada por Enel Colombia.


Ten en cuenta que puedes presentar cualquier otro tipo de garantía financiera de las establecidas por la Ley. Todas las garantías deben ser estudiadas previamente por parte de EDN Colombia S.A.S E.S.P. para su aceptación.